2.- Propuesta de gasto emitida por la Alcaldía en fecha 9 de marzo de 2022, en la cual se acredita a efectos de lo dispuesto en el art 118.3 de la LCSP que no se altera el objeto del contrato para evitar la aplicación de las reglas generales de la contratación y que el contratista no ha suscrito más contratos menores que individual o conjuntamente superen el importe de 15.000 €.
3.- Informe de Secretaria-Intervención de fecha 9 de marzo de 2022, en el que se acredita la existencia de crédito en el presupuesto de gastos de 2022 y se indica que las competencias como órgano de contratación se atribuyen a la alcaldía.
Este Ayuntamiento de Puentes Viejas tiene la necesidad de contratar el servicio de desarrollo del nuevo portal web del ayuntamiento al no disponer de medios personales, siendo la actuación que se pretende contratar adecuada al fin perseguido.
En el citado expediente no se altera el objeto del contrato para evitar la aplicación de las reglas generales de la contratación, ni existe fraccionamiento del objeto del contrato con la finalidad de disminuir su cuantía y eludir publicidad o procedimiento de adjudicación que efectivamente correspondan.
2º Datos del servicio a contratar.
A la vista del presupuesto máximo del contrato, y atendidas las características del servicio, se considera que el procedimiento más adecuado es el contrato menor, al ser su valor estimado inferior a 15.000 € con arreglo a los siguientes datos:
1. Definición del objeto del contrato: “Tala de Árbol en Mangirón”
2. Presupuesto máximo: 1.220,00 € más IVA correspondiente que se facturarán a la finalización del trabajo.
3. Plazo de ejecución: 1 mes.
Visto cuanto antecede y de conformidad con lo dispuesto en el apartado 1 de la Disposición Adicional Segunda de la Ley de Contratos del Sector Público,.